Reembolso de abonos por Derecho de Vigencia y Penalidad
Reembolso de abonos por Derecho de Vigencia y Penalidad
Corresponden a devoluciones de abonos indebidos realizados en las cuentas corrientes de Derecho de Vigencia y Penalidad, conforme a los requisitos establecidos por el artículo 2° del Decreto Supremo N° 077-2009-EM.
Causales de Devolución
Reembolso
Devolución, vía cheque, del monto pagado en las cuentas que el Ingemmet mantiene para el pago del Derecho de Vigencia o Penalidad.
Causales de Devolución por Reembolso:
- Montos abonados o acreditados, fuera de los plazos para efectuar el pago o la acreditación respectivamente.
- Montos abonados que no hayan sustentado favorablemente los procedimientos previstos en el último párrafo del artículo 37 o el último párrafo del 74 del Decreto Supremo Nº 03-94-EM.
- Montos abonados por derechos mineros extinguidos, no comprendidos en el supuesto previsto en el artículo 54 del TUO de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM.
- Montos abonados, en las cuentas para el pago de penalidad, respecto de una concesión minera que no se encuentre incluida en el listado de concesiones mineras cuyos titulares no han cumplido con acreditar la producción o la inversión mínima, aprobado por la Dirección General de Minería conforme al artículo 78 del Decreto Supremo Nº 03-94-EM.
- Montos abonados en las cuentas para el pago del derecho de vigencia o penalidad, que no se encuentren referidos a ningún derecho minero